En Rosario de la Frontera, un hombre de 78 años fue condenado a tres años y medio de prisión por los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo contra su nieta menor de edad y por desobediencia judicial, por incumplir la medida de prohibición de acercamiento que tenía hacia la víctima y su grupo familiar.
La denuncia la realizó el hijo del acusado y padre de la niña, cuando se enteró que su hija había sido sometida a tocamientos. El juez Ramón Haddad, luego de recibir la confesión del hombre y con el acuerdo de las partes, le impuso la pena y dispuso la extracción de material genético para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
El tocamiento es un modo de abuso muy reiterado en los casos de abuso intrafamiliar y en víctimas menores, ya que los abusadores esperan que no pueda ser comprobado. Sin embargo, el tocamiento es considerado abuso sexual simple y por lo tanto, debe ser denunciado y condenado.