El fiscal Francisco Snopek fue imputado por la fiscal Penal 2 de Violencia Familiar y de Género, Luján Sodero por desobediencia judicial en tres hechos.
El fiscal federal general violó la prohibición de acercamiento que pesaba contra su expareja, medida que fue dispuesta por la jueza de Violencia Familiar y de Género N.º 3 , María Carolina Cáseres Moreno. Tampoco acreditó estar realizando el tratamiento psicológico que se le solicitó a raíz de su adicción al alcohol. Y el tercer hecho por el cual se pidió la medida, es que contactó a empleados judiciales para conocer qué presentaciones realizaba una defensora oficial en su contra por acoso laboral y violencia de género.
En mayo pasado el fiscal fue noticia nacional a raíz de que llegaron policías a su casa en auxilio de entonces pareja por episodios de violencia. El fiscal además maltrató y amenazó a los policías y no los dejó salir de su casa, y también fue denunciado por los uniformados.
Los nuevos hechos que se le imputan implican una grave violación a la ley 25.188 (ley Nacional de Ética Publica), el art. 2 inc. b) de la le impone a todo funcionario del Estado Nacional, el deber de «desempeñarse con la observancia y respeto de los siguientes principios y pautas éticas: honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana».
El art. 3 de la Ley de Ética Publica establece a su vez que quienes incumplan con sus deberes éticos deben ser sancionados o removidos por los procedimientos establecidos en el régimen propio de su función ¿hizo algo la Procuración General de la Noción del Ministerio Publico Fiscal respecto de la conducta del Fiscal?. Sería bueno saberlo, ya que no hacer lo que hay que hacer es también constitutivo de una falta ética tal como lo dice a su vez el art. 2 inciso a) de la ley de ética publica nacional … y se supone que la Justicia es una institución ética, o al menos así se promociona